Emisión de gases de efecto invernadero. Modificación de la Directiva 2003/87/CE

Desde el 1 de enero de 2005 funciona el Régimen Comunitario de Comercio de Derechos de Emisión (RCCDE) consiguiendo en su primera fase la instauración del libre comercio de derechos de emisión a través de la UE y la creación de la infraestructura adecuada para el seguimiento, la notificación y la verificación, incluidos los registros; realizándose hasta ahora, dos ciclos de cumplimiento.

El RCCDE se ha convertido en el mayor mercado único del carbono del mundo, pues representa el 67 % en términos de volumen y el 81 % en términos de valor del mercado mundial del carbono (Banco Mundial, State and Trends of the Carbon Market, may-07).

Sin embargo, desde un punto de vista medioambiental, el resultado de la primera fase se ha visto limitado por varios motivos, principalmente:

1) Asignación excesiva de derechos de emisión en algunos Estados miembros y sectores, debido principalmente a la falta de datos sobre emisiones verificadas. Esto se solucionó cuando se dispuso de datos sobre emisiones a través de la corrección de los precios del mercado de los derechos de emisión...

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